Unión marital de hecho

¿Qué es la unión marital de hecho?

Una unión marital de hecho es el acto jurídico a través del cual la ley reconoce la unión entre dos personas que no están casadas pero que han conformado una comunidad de vida permanente en la que adquieren los derechos y deberes equiparados a la del matrimonio, sin embargo, para términos legales se les denomina compañeros permanentes.

Requisitos

  • Acercarse a la Notaría 21 con su pareja.
  • Cédula de ciudadanía de ambos.
  • Copia autentica del registro civil de nacimiento con una expedición no mayor a 3 meses. Aplican los mismos requisitos en cuanto a los hijos menores de edad explicados en el matrimonio civil.

Preguntas frecuentes

¿Las parejas del mismo sexo pueden declarar la unión marital de hecho?

Claro que sí. La corte constitucional mediante la Sentencia C-075-07, incluyó a las parejas homosexuales dentro de las personas aptas para conformar este tipo de unión, con el fin de brindar los mismos derechos patrimoniales.

¿Qué beneficios me cobijan y a mi pareja con una Unión Marital de Hecho?

La unión marital de hecho permite que en el momento en que se vaya a declarar a través de escritura pública también se pueda conformar la sociedad patrimonial, para ellos, la pareja debe tener como mínimo dos años de convivencia continua e ininterrumpida. Así como la afiliación al sistema de salud (EPS), a la sustitución pensional y la vocación de heredero, entre otros efectos legales.

¿Qué bienes no entran en la sociedad patrimonial?

Todos los bienes adquiridos antes de dar inicio a la Unión Marital de Hecho no están incluidos en la sociedad patrimonial, así como tampoco herencias que uno de los compañeros reciba y todos aquellos bienes que se hayan excluido por medio de capitulaciones.

¿La sociedad patrimonial es igual a una Unión Marital de Hecho?

La sociedad patrimonial surge en el momento de declarar la unión marital de hecho, siempre y cuando la pareja haya convivido 2 años de manera continua e ininterrumpida, si no ha sido declarada la unión y se ha convivido este tiempo o más podrá ser probada a través de testigos o cualquier medio de prueba.

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